Tuvo un accidente de trabajo: los 4 pasos inmediatos
- Avise a su empleador apenas ocurra el accidente, aunque parezca leve.
- Exija la denuncia a la ART. Si el empleador no la hace, usted mismo (o un familiar) puede denunciar directamente ante la aseguradora.
- Atiéndase y guarde todo: certificados médicos, estudios, recetas, constancias de atención. Esa documentación vale oro después.
- No firme el alta ni acuerdos sin revisar antes su estado real y el porcentaje de incapacidad con asesoramiento propio.
Casos que atendemos
- Rechazo de la denuncia por la ART: impugnación del rechazo y reclamo de las prestaciones.
- Incapacidad laboral mal valuada: revisión del porcentaje ante la Comisión Médica y en instancia judicial.
- Accidentes in itinere: los ocurridos en el trayecto entre su casa y el trabajo también están cubiertos.
- Enfermedades profesionales: hernias, lumbalgias, hipoacusia, várices, afecciones respiratorias y otras dolencias causadas por el trabajo.
- Altas médicas prematuras y falta de prestaciones médicas o dinerarias.
- Accidentes graves y fallecimiento: reclamos integrales para el trabajador o su familia.
El trabajo rural y agroindustrial de la zona de Orán (fincas, empaques, ingenios) concentra buena parte de los accidentes laborales de la región. Si además su empleo no está registrado, igual puede reclamar: vea también nuestra página de derecho laboral en Orán.
Quién lo atiende
Agustín Salas
Abogado — Universidad Nacional de Tucumán
Responsable del área de ART y accidentes de trabajo del estudio. Lleva reclamos ante las comisiones médicas y la justicia laboral de Salta, con apoyo del equipo contable para el cálculo de las indemnizaciones.
Consultar al Dr. SalasPreguntas frecuentes
¿Qué hago primero si me accidento?
Avise al empleador, exija la denuncia a la ART, atiéndase y guarde todos los comprobantes médicos.
La ART rechazó mi caso, ¿se terminó ahí?
No. El rechazo puede impugnarse ante la Comisión Médica y, de corresponder, judicialmente.
¿El accidente camino al trabajo está cubierto?
Sí, es el accidente in itinere y la ART debe cubrirlo igual que uno ocurrido en el lugar de trabajo.
¿Cuánto me corresponde por la incapacidad?
Depende del porcentaje de incapacidad, su ingreso y su edad. Calculamos el monto real antes de que acepte
cualquier ofrecimiento.